Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 17, jueves 24 de enero de 2002


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
509

DECRETO 11/2002, de 15 de enero, sobre autorización de participación del Ente Vasco de la Energía en la ampliación de capital de la Sociedad Anónima “Euskaltel, S.A.” a efectuar en el año 2002.

El Ente Vasco de la Energía (EVE) es un Ente Público de Derecho Privado integrante de la Administración Institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco en cuyo ámbito se incluye la participación en la gestión de servicios en campos como el de las telecomunicaciones, todo ello como resultado de lo dispuesto en la Ley 7/1998, de 13 de marzo, de modificación de la Ley por la que se crea el Ente Vasco de la Energía.

La Sociedad “Euskaltel, S.A.” es una empresa que tiene por objeto la gestión, explotación, comercialización y distribución de servicios y redes de telecomunicaciones, con el proyecto de configurarse en operadora integral en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

El Consejo de Administración de la sociedad Euskaltel, S.A., en su reunión de fecha 19 de Diciembre de 2001, ha acordado proponer a la Junta General de Accionistas para su aprobación, una ampliación de capital hasta fijar el mismo en la cantidad de doscientos cincuenta millones doscientos mil (250.200.000,00) euros, emitiéndose un millón cuarenta mil (1.040.000) acciones de sesenta (60) euros cada una.

Analizado el informe para la ampliación de capital elaborado por el Consejo de Administración, se ha estimado adecuado que el Ente Vasco de la Energía acuda a la citada ampliación mediante la aportación de hasta un millón doscientos cuarenta y ocho mil (1.248.000,00) euros, mediante la adquisición de veinte mil ochocientas (20.800) acciones de 60 euros cada una, fijándose el porcentaje de participación del Ente Vasco de la Energía en el capital social en el 2%.

El artículo 44.2 de la Ley de Patrimonio de Euskadi dispone que el Gobierno podrá autorizar a los Entes Públicos de Derecho Privado, como es el Ente Vasco de la Energía, la creación o participación en Sociedades de cualquier clase, con cargo a sus respectivos presupuestos, mediante Decreto, a propuesta conjunta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y del Consejero del Departamento del que dependan los Entes Institucionales mencionados.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, previa deliberación y aprobación del Gobierno en su sesión celebrada el día 15 de enero de 2002,

DISPONGO:

Artículo único.– Autorizar la participación del Ente Vasco de la Energía en la ampliación de capital de la Sociedad Euskaltel, S.A. a efectuar en el año 2002, con una aportación por parte de aquél un millón doscientos cuarenta y ocho mil (1.248.000,00) euros, que corresponden en su totalidad al nominal de las acciones a suscribir. Una vez efectuada la ampliación, el porcentaje de participación del Ente Vasco de la Energía en el capital de la sociedad será del 2%.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 15 de enero de 2002.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUZABEITIA BELDARRAIN.

El Consejero de Industria, Comercio y Turismo,

JOSU JON IMAZ SAN MIGUEL.


Análisis documental