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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 206, miércoles 22 de octubre de 2003


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Otras Disposiciones

Ararteko
5692

RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2003, de la Ararteko en funciones, por la que se aprueba la convocatoria de una beca de investigación para 2003-2004.

La institución del Ararteko ha venido convocando durante los últimos años una serie de becas para la investigación y formación en el área de los derechos humanos, dirigidas a personas postgraduadas. Con ello ha pretendido, de acuerdo con las funciones que le corresponden, impulsar la labor de investigación interdisciplinar en el campo de los derechos humanos en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

Teniendo en cuenta la valoración positiva de anteriores convocatorias, esta institución ha considerado adecuado convocar una nueva beca de investigación para la formación de profesionales y el estudio de temas específicos sobre la protección de los derechos humanos, de acuerdo con las siguientes

BASES:

I. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto proceder a la provisión de una beca para la investigación, formación y elaboración de estudios en el área de los derechos humanos.

II. Contenido de la beca.

1) La beca conferirá a la persona adjudicataria la posibilidad de investigar y formarse en la institución del Ararteko. La institución facilitará el acceso a materiales e información a través de su servicio de documentación, posibilitando el intercambio con otros organismos de ámbito autonómico o estatal.

2) La beca de investigación tiene como objetivos:

a) La investigación científica sobre derechos humanos que incorporen una profundización en la problemática actual de los ciudadanos, con especial atención a la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como la recopilación y difusión de las aportaciones realizadas por distintas instituciones y centros especializados.

b) La formación complementaria de licenciados/as en temas específicos relacionados con la protección de los derechos humanos.

III. Requisitos de las personas solicitantes.

Podrán optar a esta beca todas las personas que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del titulo de licenciado/a, obtenido con posterioridad al 1 de enero de 1998.

b) Ser ciudadano/a de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

IV. Formalización de solicitudes.

1) El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOPV.

2) Las solicitudes deberán recoger los datos que figuran en el anexo de la presente Resolución e irán acompañadas de los siguientes documentos:

a) Títulos y expedientes académicos universitarios.

b) Currículum vitae en el que se hará constar la experiencia profesional o en el campo del voluntariado si la hubiere, el conocimiento de idiomas, la experiencia y formación y otros méritos que se consideren de interés para el objeto de la beca.

c) Documentos acreditativos de los méritos que se alegan en el currículum vitae.

3) Las solicitudes deberán ser dirigidas a la sede de la institución del Ararteko (Calle Prado, n.º 9. 01005 Vitoria/Gasteiz), o bien a cualquiera de sus oficinas (Alameda Mazarredo, n.º 15, 5º A. 48001 Bilbao; y Avenida de la Libertad nº 26, 4º. 20004 Donostia/San Sebastián).

V. Selección de candidaturas.

1) La Comisión de Selección estará compuesta por:

Presidente: Excma. Sra. Ararteko, o persona en quien delegue.

Vocales:

– Una persona designada por la Excma. Sra. Ararteko.

– Un representante del Parlamento Vasco.

– Un representante de la Facultad de Derecho de la Universidad del País Vasco.

Secretario: Secretario General de la institución del Ararteko o persona en quien delegue.

2) Las pruebas de selección se desarrollarán en las siguientes fases:

a) Prueba escrita teórico-práctica consistente en el comentario de un tema de carácter general relacionado con el Derecho público y/o los derechos humanos.

b) Prueba oral, que consistirá en una entrevista con la Comisión de Selección en la que el candidato deberá hacer una exposición y defensa de la prueba escrita y la Comisión podrá formular preguntas sobre lo expuesto, o sobre otros aspectos relacionados con el objeto de la beca y el perfil del candidato. Esta prueba oral será realizada por los seis primeros candidatos clasificados en función de la valoración de la prueba escrita teórico-práctica.

3) De acuerdo con el resultado de las pruebas escrita y oral y la valoración del currículum se clasificará a los candidatos, otorgándoles una puntuación.

Tanto en la prueba escrita como en la oral se valorará especialmente el conocimiento y formación del aspirante, su madurez expresiva, la capacidad de síntesis y enfoque, la imaginación en la solución de los problemas, y su interés y experiencia en campos o temas relacionados con la defensa de los derechos humanos.

Para la valoración del currículum, se tendrán en cuenta especialmente las calificaciones obtenidas en los respectivos expedientes académicos, la experiencia profesional y/o el trabajo en el voluntariado, así como el conocimiento de idiomas que se acrediten.

4) La Comisión de Selección elevará a la Ararteko una propuesta de adjudicación en la que conste una relación con la persona aspirante propuesta, así como dos suplentes que, según el orden de clasificación, tendrán preferencia para cubrir posibles renuncias u otros incidentes. Finalmente, la Excma. Sra. Ararteko resolverá la convocatoria al amparo de esta Resolución.

5) La Comisión de Selección será competente para interpretar estas bases y resolver cuantas dudas se presenten a lo largo del proceso de selección de los aspirantes.

VI. Obligaciones de la persona beneficiaria.

La aceptación de la beca por parte de la persona beneficiaria implica el cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a) Elaborar, en euskara y/o en castellano, un estudio o trabajo de investigación según las directrices que establezca la institución. El adjudicatario podrá proponer el estudio de un tema específico.

b) Informar bimensualmente a la institución sobre la labor realizada y los resultados obtenidos, los cuales deberán recibir su conformidad o visto bueno.

c) Aceptar la totalidad de las normas fijadas en esta convocatoria.

VII. Carácter de la beca.

1) La beca tendrá una duración de diez meses a contar desde el momento de resolución de la convocatoria.

2) La beca estará dotada con una cantidad global de 11.250 euros, que se hará efectiva por meses vencidos a razón de 1.125 euros mensuales.

3) La concesión y disfrute de la beca no establece relación contractual o estatutaria alguna con la institución del Ararteko.

4) El disfrute de la beca es incompatible con el desempeño de un trabajo por cuenta ajena o con cualquier ocupación por cuenta propia que, a juicio de la Comisión de Selección, impida un adecuado desarrollo de las funciones inherentes de la misma. Por ello, antes de la adjudicación de la beca, la persona aspirante propuesta para tal adjudicación deberá presentar, a petición de la institución, una declaración jurada de no hallarse inmersa en ninguna causa de incompatibilidad.

5) La renuncia de la persona becaria-adjudicataria dará lugar a la pérdida de todos los derechos que se prevén en estas Bases.

VIII. Motivos de suspensión de la beca.

1) Se suspenderá la entrega mensual de las cantidades señaladas en el apartado VII.2) cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que el adjudicatario incumpla alguna de las obligaciones señaladas en el apartado VI.

b) Que la información presentada por el adjudicatario conforme al apartado VI. b) no reciba el visto bueno de la institución.

c) Que el adjudicatario de buena fe incurra durante el desarrollo de su beca en causa de incompatibilidad, salvo decisión en sentido contrario de la institución en atención a las circunstancias que en el caso concurran.

2) Procederá el reintegro del total de las cantidades percibidas en el supuesto de que el adjudicatario haya obtenido la beca sin reunir las condiciones requeridas para ello. Si dicha circunstancia se detecta durante los dos primeros meses de desarrollo de la beca, se procederá a designar como adjudicatario al primero de los aspirantes suplentes.

3) Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas por el adjudicatario cuando el estudio realizado por el mismo o el aprovechamiento de la beca no resulte satisfactorio a juicio de la institución.

4) Todas las resoluciones que se adopten en virtud de lo establecido en el presente artículo serán debidamente motivadas y notificadas al interesado, respetándose en todo caso los principios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

IX. Difusión del trabajo de investigación.

1) El trabajo de investigación elaborado por la persona adjudicataria de esta beca será propiedad de la institución del Ararteko, que se reserva el derecho de reproducirlo, publicarlo y divulgarlo, ya sea en todo o en parte, cuando lo estime conveniente y citando siempre al autor del trabajo.

2) En el caso de que el trabajo elaborado no haya sido publicado por la institución del Ararteko en el plazo de dos años a partir de su presentación, la persona autora del mismo podrá disponer de él para su difusión por el medio que considere más oportuno.

En Vitoria-Gasteiz, a 6 de octubre de 2003.

La Ararteko en Funciones,

MERCEDES AGÚNDEZ BASTERRA.

ERANSKINA / ANEXO

BEKAREN ESKABIDE-ORRIAN AGERTU BEHARREKO DATUAK
DATOS QUE DEBEN FIGURAR EN LA SOLICITUD DE BECA

A- NORBERAREN DATUAK / Identidad

ABIZENAK / Apellidos:	

IZENA / Nombre:	

NAN / DNI:	

B- HELBIDEA / Dirección:	

KALEA / Calle:	

HERRIA / Localidad:	

TELEFONOA / Teléfono:	

POSTA KODEA / Código Postal:	

C- LIZENTZIADUN TITULUAK / Licenciaturas

ZERTAN LIZENTZIADUNA /Licenciatura en		ZEIN UNIBERTSITATEK EMANA /Universidad de

	

	

	

D- BESTE TITULU BATZUK ETA/EDO DIPLOMAK, KONTRATUAK, BORONDATEZKO LANAK, ETAB. / Otros títulos y/o diplomas, contratos, actividades de voluntariado, etc.

IZENA / Denominación		EMAILEA / Expedido por 	

E- HIZKUNTZAK / Idiomas

	

HIZKUNTZA /Idioma		MAILA / Nivel	

DIPLOMA		HITZ EGITEKO GAI/Hablado		IDAZTEKO GAI / Escrito	

	

F- ESKABIDEARI ERANSTEN ZAIZKION AGIRIAK/Documentación que acompaña a la solicitud.

	

ZENB. / Núm.:	

EDUKIA / Contenido:

2.....................................................................	

3.....................................................................	

4.....................................................................	

Ararteko Andre Txit Gorena. / Excma. Sra. Ararteko.


Análisis documental