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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 206, miércoles 22 de octubre de 2003


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Otras Disposiciones

Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
5701

DECRETO 235/2003, de 7 de octubre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Buia (Bilbao)".

Por Acuerdo del Comité Directivo del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, de 3 de octubre de 2002, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Buia (Bilbao)". Posteriormente, en sesión celebrada en fecha 3 de julio de 2003 se acordó solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los servicios técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:

Las razones que demandan la urgente ocupación de los terrenos y derechos necesarios para la ejecución de las obras contempladas en este Proyecto son básicamente las mismas que han hecho necesaria la formulación del Plan Integral de Saneamiento y que a continuación se exponen.

En la actualidad las aguas residuales domésticas de Buia se vierten al cauce público más próximo sin ningún tratamiento, como consecuencia de lo cual las aguas receptoras se encuentran altamente contaminadas. La contaminación es fundamentalmente de dos tipos: orgánica, cuya consecuencia es reducir el contenido en oxígeno disuelto, y bacteriológica.

Ante la escena descrita, es absolutamente urgente poner en marcha el Proyecto de la E.D.A.R. de Buia (Bilbao), que desarrolla el Plan Integral de Saneamiento, formulado por el Consorcio de Aguas y encaminado a controlar la contaminación de los cauces de la Comarca y a lograr progresivamente su recuperación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión celebrada el día 7 de octubre de 2003,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la realización del "Proyecto de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Buia (Bilbao)".

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 7 de octubre de 2003.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

El Consejero de Ordenación del Territorio

y Medio Ambiente,

SABIN INTXAURRAGA MENDIBIL.


Análisis documental