Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 71, viernes 15 de abril de 2005


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
1887

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2005, de la Viceconsejera de Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de becas para el Fomento de la Investigación Universitaria en el sector turístico para el ejercicio 2005.

La Orden de 21 de mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, reguladora del programa de becas para el fomento de la investigación universitaria en el sector turístico (BOPV n.º 114 de 11 de junio) y Orden de 15 de noviembre de 2004 de la Consejero de Industria, Comercio y Turismo, de corrección de errores (BOPV n.º 240 de 17 de diciembre) tiene por objeto promover la investigación aplicada en el sector turístico con la colaboración de los Departamentos de investigación turística de las Universidades de la CAPV.

Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuya regulación, para el presente ejercicio, se establece en la Ley 10/2004, de 28 de diciembre

De conformidad a lo establecido en el artículo 4.2 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2005, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 4 de la orden de referencia,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Es objeto de la presente resolución, la convocatoria para el ejercicio 2005 de tres becas para el Fomento de la Investigación Universitaria en el sector turístico, de conformidad a lo previsto en la Orden de 21 de mayo de 2003 del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo.

Para este fin se destinarán 48.669 euros según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para 2005.

Para cada una de las tres becas objeto de la presente convocatoria, se destinará un total de 13.822 euros, más una asignación de 601 euros por beca para gastos de viaje y varios directamente relacionados con el proceso investigador.

En esta cuantía se entenderán comprendidas la totalidad de las obligaciones de cualquier naturaleza, incluidas las tributarias, que pudieran soportar las personas beneficiarias.

Artículo 2.– Requisitos.

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 21 de mayo de 2003 del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de referencia.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– Los solicitantes, deberán dirigir la solicitud y demás documentación complementaria a la Dirección de Ordenación Turística, presentándolas en las correspondientes Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, o en los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Un modelo de solicitud y de formularios serán facilitados por cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, o podrá obtenerse en la Web: www.eragintza.net. <http://www.eragintza.net./>

2.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 1 de julio de 2005.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente resolución de convocatoria surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de marzo de 2005.

La Viceconsejera de Turismo,

KORO GARMENDIA GALBETE.


Análisis documental