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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 113, miércoles 13 de junio de 2007


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
3345

RESOLUCIÓN de 30 de mayo de 2007, de la Viceconsejera de Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística para el ejercicio 2007.

La Orden de 17 de mayo de 2006 (BOPV n.º 103, de 1 de junio de 2006), de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, establece el marco de ayudas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a la promoción y comercialización turística.

Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuya regulación, para el presente ejercicio, se establece en la Ley 9/2006, de 28 de diciembre.

De conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2007, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 5 de la Orden de referencia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto, de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2007, de las ayudas previstas en la Orden de 17 de mayo de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística.

Para este fin se destinarán 1.800.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2007.

Este importe podrá ser modificado teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Comercio y Consumo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De esta circunstancia se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Turismo.

Artículo 2.– Requisitos.

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 17 de mayo de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística, deberán ostentar la condición de beneficiarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de referencia.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– Un modelo de solicitud y de formularios será facilitado por cualquiera de las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, o podrá obtenerse en la web: www.euskadi.net/turismo.

2.– Los solicitantes deberán dirigir la solicitud y demás documentación complementaria a la Dirección de Promoción y Comercialización Turística, presentándolas en las correspondientes Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, o en los lugares especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.– El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de mayo de 2007.

La Viceconsejera de Turismo,

KORO GARMENDIA GALBETE.


Análisis documental