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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 85, miércoles 7 de mayo de 2008


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Otras Disposiciones

Vivienda y Asuntos Sociales
2755

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2008, del Director de Inmigración, por la que se anula la subvención concedida a Fundación Idi Ezkerra al amparo de la Resolución de 21 de diciembre de 2007 del Director de Inmigración por la que se procede a resolver las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 23 de mayo de 2007 del Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales; se obliga a Fundación Idi Ezkerra la devolución de la cantidad percibida; y se ordena la anulación de la cantidad restante.

ANTECEDENTES

1.– Con fecha 15 de junio de 2007 se publicó en el BOPV la Orden de 23 de mayo de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se convocan las ayudas para la organización de cursos, jornadas y seminarios en materia de Inmigración, en desarrollo del Decreto 61/2007, de 17 de abril, por el que se regulan las Ayudas del Departamento de Vivienda y asuntos Sociales para la realización de actividades en los ámbitos de la inmigración y de la convivencia intercultural.

2.– Con fecha 21 de diciembre de 2007 el Director de Inmigración dictó Resolución por la que se procede a resolver las solicitudes de subvención al amparo de la Orden mencionada en el punto primero, concediéndosele a través de la misma a Fundación Idi Ezkerra una subvención por importe de 3.655,85 euros para la realización de la actividad propuesta para ser subvencionada (Menores inmigrantes no acompañados: teoría y realidad).

3.– De conformidad con dicha Resolución de 21 de diciembre de 2007, se ordenó el pago del 75% de la subvención concedida, siendo éste de 2.741,89 euros.

4.– Con fecha 5 de febrero de 2008 se ha recibido en la Dirección de Inmigración escrito remitido por Fundación Idi Ezkerra en el que se pone de manifiesto la renuncia a la subvención concedida.

Por todo ello,

RESUELVO:

Primero.– Anular la subvención concedida a Fundación Idi Ezkerra para la realización de la actividad propuesta para ser subvencionada (Menores inmigrantes no acompañados: teoría y realidad).

Segundo.– Requerir a la Fundación Idi Ezkerra la devolución de la cantidad percibida y no justificada, que asciende a 2.741,89 euros.

Tercero.– Ordenar la anulación de la cantidad restante, que asciende a 913,96 euros.

Cuarto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco, conforme a lo estipulado en el artículo 49.2 de la Ley 7/1997, de 19 de junio, por la que se regula el régimen de subvenciones y ayudas y se modifica la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá la persona interesada interponer recurso de alzada, ante el Viceconsejero de Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de abril de 2008.

El Director de Inmigración,

JOSÉ ROBERTO MARRO IBARRA.


Análisis documental