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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 85, miércoles 7 de mayo de 2008


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Otras Disposiciones

Cultura
2762

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2008, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del caserío Murgiaran, sito en Mutiloa (Gipuzkoa).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Visto el interés cultural que presenta el caserío Murgiaran, sito en Mutiloa, atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural,

RESUELVO:

Primero.– Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del caserío Murgiaran en Mutiloa (Gipuzkoa) conforme a la delimitación que figura en el anexo I y la descripción obrante en el anexo II.

Segundo.– Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, del caserío Murgiaran en Mutiloa para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz.

Tercero.– Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Mutiloa y a los Departamentos de Cultura y Euskera y Ordenación y Promoción Territorial de la Diputación Foral de Gipuzkoa, así como al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes.

Cuarto.– Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para su general conocimiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de abril de 2008.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,

GURUTZ LARRAÑAGA ZUBIZARRETA.

ANEXO I
DELIMITACIÓN

a) Descripción de la delimitación.

La delimitación incluye, por un lado, el propio edificio en sí, y por otro, el entorno que lo rodea. Así el área de la delimitación queda definida con los siguientes límites: al NW, una línea paralela distante 35 m de la fachada. Al NE, una línea paralela situada a 30 m de la fachada. Al SE, una línea paralela distante 30 m de la fachada. Finalmente, al SW, una línea paralela distante 30 m de la fachada.

b) Justificación de la delimitación.

La delimitación propuesta viene justifica por la necesidad de preservar los valores ambientales y visuales del entorno del caserío Murgiaran situado sobre una loma al S del casco de Mutiloa. La delimitación del entorno necesaria para la debida protección y puesta en valor del bien catalogado, implica la protección de los espacios adyacentes al caserío ocupados por los terrenos circundantes y acceso al edificio, a fin de preservar el carácter propio del caserío. Por ello esta delimitación incluye no solamente la edificación propiamente dicha sino también el entorno que lo rodea.

ANEXO II

DESCRIPCIÓN

Caserío unifamiliar de planta rectangular con gallur perpendicular a la fachada principal de orientación SE. Cubierta a dos aguas en teja canal artesana. Muros perimetrales de mampostería. Consta de dos plantas y desván.

La fachada principal SE se halla enfoscada y encalada. Debido a la inclinación del terreno, esta fachada es muy corta. A la altura de la primera planta presenta algún vano de ventana. También a la altura de la primera planta presenta una línea de 4 balcones antepechados. Por este lado se accede directamente al desván del caserío a través de un puente de hormigón que da acceso a un portalón de madera. A la altura del desván existen otros 3 huecos de ventana. Las fachadas NE, así como la SW presentan, en parte, rústicos tablazones de cierre a la altura de la primera planta y desván. Estas dos fachadas son de morfología similar a la anteriormente descrita. La fachada NW, con paños mampostería vista, también presenta 3 pequeños huecos de ventana y alguna saetera. Una tejavana adosada cierra en parte los paramentos de esta fachada.

La armadura de este edificio se asienta sobre 8 postes enterizos en los que se ensamblan las vigas y tornapuntas que presentan ensamblajes en cola de golondrina. Uno de los postes es una bernia de lagar gótico reutilizada. Existen además paños de cierre del desván de tablazón machihembrado situado bajo el gallur que dividen este desván en dos partes. Dos escaleras originales dan acceso a este desván. Correas, cabrios y enlatado sostienen la techumbre del edificio y completan esta estructura.

En el ángulo SE posee un anejo en donde alberga un antiguo lagar.

Murgiaran es un caserío originario del siglo XVI, que fue rehecho en la primera mitad del siglo XVII.


Análisis documental