Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 85, miércoles 7 de mayo de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Balmaseda
2767

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 11/08 seguido sobre desahucio precario.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento J. verbal desh. L2 11/08 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Balmaseda a instancia de Iñigo Olabarria Nieto contra Raul Olabarria Nieto sobre desahucio precario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA N.º 16/08

En Balmaseda, a tres de marzo de dos mil ocho.

Vistos por Teresa Montalban Gomez, Juez del Juzgado de l.ª Instancia n.º 2 de Balmaseda, los presentes autos de Juicio Verbal n.º 11/2008, instados por el Procurador de los Tribunales D.ª Esther Larrea Esnal, en nombre y representación de D. Iñigo Olabarria Nieto, asistido por el Letrado D. Iker Marcos Angulo, frente a D. Raul Olabarria Nieto, declarado en situación de rebeldía procesal, en solicitud de desahucio por precario.

FALLO

Estimar totalmente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales D.ª Esther Larrea Esnal, en nombre y representación de D. Iñigo Olabarria Nieto frente a D. Raul Olabarria Nieto, declarado en situación de rebeldía procesal, estimando el desahucio por precario y condenar a éste último a desalojar la estancia que venía ocupando en el inmueble sito en Galdames, Barrio La Olla n.º 1-Montellano, dejándola libre y a disposición del actor, con apercibimiento de lanzamiento el día 31 de marzo de 2008 y costas.

Llévese el original al Libro de Sentencias.

Notifíquese la presente Sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por ésta mi sentencia, que se notificará las partes en legal forma, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Raul Olabarria Nieto, extiendo y firmo la presente en Balmaseda, a diecisiete de marzo de dos mil ocho.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental