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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 78, martes 26 de abril de 2011


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Vitoria-Gasteiz
2310

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 1371/10 seguido sobre contratos en general.

Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: Pro. ordinario L2 1371/10.

Parte demandante: Unión Financiera Asturiana, S.A. Establecimiento Financiero de Crédito.

Parte demandada: Maria Angeles Ramirez Eguizabal.

Sobre: contratos en general.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

Autoridad que ordena emplazar: Secretario del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Vitoria-Gasteiz.

Asunto en el que se acuerda: el arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: Maria Angeles Ramirez Eguizabal en concepto de parte demandada.

Domicilio: complejo Portal de Castilla, n.º 58 - F 4.º A - Vitoria-Gasteiz.

Objeto del emplazamiento: comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: ante este Juzgado.

Plazo para comparecer: veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LECn-).

2.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de Procurador, con la asistencia de Abogado (artículos 23 y 31 de la LECn). Si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Si pretende solicitar la designación de Abogado, Procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.

3.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de septiembre de 2010.

EL SECRETARIO JUDICIAL.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de dicha demandada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de noviembre de 2010.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental