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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 229, lunes 1 de diciembre de 2014


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
5124

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2014, de la Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, por la que se otorga a la Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto (OSI Bilbao-Basurto), la renovación de la acreditación del Comité Ético de Investigación Clínica.

Habiéndose recibido la solicitud para la renovación de la acreditación del Comité Ético de Investigación Clínica de la OSI Bilbao-Basurto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 6 de la Orden de 28 de septiembre de 1994, del Consejero de Sanidad (BOPV n.º 202, de 24 de octubre), de acreditación de los Comités Éticos de Investigación Clínica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Decreto 3/2005, de 11 de febrero, por el que se crea el Comité Ético de Investigación Clínica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, al Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos y en el ejercicio de las funciones atribuidas por Decreto 195/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud corresponde a la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria

RESUELVO:

Primero.– Conceder la renovación de la acreditación al Comité Ético de Investigación Clínica de la OSI Bilbao-Basurto.

Segundo.– Confirmar como miembros de dicho Comité a los siguientes:

– Presidente:

D.ª Ana Aguirrezabal Arredondo, Doctora en Farmacia.

– Vicepresidente:

D. Alberto Pérez Legorburu, Doctor en Medicina y Cirugía General, especialista en Pediatria.

– Secretario:

D. Antonio Escobar Martínez, Doctor en Medicina y Cirugía General.

– Vocal:

D.ª Sonia Bustamante Madariaga, Licenciada en Medicina y Cirugía, especialista en Psiquiatria.

– Vocal:

D.ª Nekane Murga Eizagaecheverria, Licenciada en Medicina y Cirugía General, especialista en Cardiología.

– Vocal:

D.ª Olga Bordagaray Amirola, Licenciada en Derecho.

– Vocal:

D. Ignacio Iturburu Belmonte, Doctor en Medicina y Cirugía General, especialista en Cirugía General.

– Vocal:

D. Daniel Andia Ortiz, Doctor en Medicina y Cirugía General, especialista en Ginecología y Obstetricia.

– Vocal:

D. Rafael Olalde Quintana, Licenciado en Medicina y Cirugía General, especialista en Atención Primaria.

– Vocal:

D.ª Carmen Garcés Diaz, Licenciada en Económicas.

– Vocal:

D. Luis Carlos Alvaro Gonzales, Doctor en Medicina y Cirugía General, especialista en Neurología.

– Vocal:

D.ª Rosario García Díaz, Diplomada Universitaria en Enfermería.

– Vocal:

D.ª Elena Ruiz de Velasco Artaza, Licenciada en Farmacia.

– Vocal:

Iciar Alfonso Farnós, Licenciada en Medicina y Cirgugía General, especialista en Farmacología Clínica.

Tercero.– Teniendo en cuenta la distribución de los recursos sanitarios en el ámbito que a continuación se señala, así como la disponibilidad de medios adecuados en los distintos centros para la realización de los cometidos propios de los Comités Éticos de Investigación Clínica, se determina, como ámbito geográfico e institucional de actuación del Comité, todos los estudios unicéntricos que se realicen en:

– Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto.

– Hospital de Santa Marina.

Cuarto.– El Comité habrá de remitir a la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, para su depósito y publicidad, los procedimientos de trabajo específicos que haya elaborado para su funcionamiento, así como la periodicidad de sus reuniones y el tiempo máximo de respuesta que haya convenido señalar.

Asimismo, requerirá para su tramitación, las comunicaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deba dirigir al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Quinto.– La acreditación objeto de la presente Resolución surtirá efectos, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco durante un periodo de tres años, a cuyo término podrá ser renovada, mediante la presentación de la correspondiente solicitud, en los términos previstos en el artículo 6 de la Orden de 28 de septiembre de 1994. La misma será comunicada al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Sexto.– Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados formular recurso de alzada ante el Viceconsejero de Salud o la Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tiene lugar su publicación oficial.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de noviembre de 2014.

La Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitaria,

MARÍA LUISA ARTEAGOITIA GONZÁLEZ.


Análisis documental