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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 203, lunes 26 de octubre de 2015


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EROSKI, S. COOP.
4510

ANUNCIO relativo a la Oferta de Canje Voluntario de las aportaciones financieras subordinadas emitidas por Eroski (AFSE).

La Asamblea General de Eroski, S. Coop. («Eroski») aprobó, en sesión extraordinaria de 18 de febrero de 2015, y complementó, en sesión ordinaria de 17 de junio de 2015, un acuerdo de propuesta de canje voluntario de las aportaciones financieras subordinadas emitidas por Eroski (en adelante, «AFSE») al amparo de lo previsto en el artículo 57.5 de la Ley 4/1993, de 24 de junio, de Cooperativas de Euskadi, por obligaciones subordinadas de Eroski de nueva emisión (la «Oferta Canje Voluntario de AFSE»).

El citado acuerdo de Oferta de Canje Voluntario de AFSE se encontraba sujeto a condición suspensiva de modo que su ejecución quedaba sometida a la entrada en vigor del acuerdo marco de reestructuración suscrito con fecha 15 de enero de 2015 entre Eroski, ciertas sociedades de su Grupo y un conjunto de entidades financieras acreedoras que ostentaban una participación del 95% de la deuda afectada por el citado acuerdo (el «Acuerdo Marco de Reestructuración»).

Con fecha 29 de julio de 2015, el Acuerdo Marco de Reestructuración ha devenido plenamente eficaz entre sus partes firmantes por cumplirse todas las condiciones necesarias al efecto.

En consecuencia, Eroski, en cumplimiento de las obligaciones asumidas bajo el citado acuerdo de 16 de enero de 2014 y bajo el Acuerdo Marco de Reestructuración, va a proceder a la ejecución de la Oferta Canje Voluntario de AFSE a los efectos de amortizar, en la mayor medida posible, las AFSE emitidas por Eroski.

La Oferta de Canje Voluntario de AFSE se formalizará mediante una emisión de obligaciones subordinadas de Eroski (las «Obligaciones Subordinadas Eroski») dirigida en exclusiva a los actuales tenedores de las AFSE emitidas quienes voluntariamente decidirán sobre la suscripción de la emisión, en el número de AFSE que consideren oportuno, aceptando la siguiente ecuación de canje de AFSE por obligaciones subordinadas de Eroski:

– recibirán un importe en efectivo equivalente (i) al quince por ciento (15%) del valor nominal de las AFSE canjeadas más (ii) el cupón corrido al que pudieran tener derecho por ostentar la titularidad de las AFSE canjeadas hasta la fecha de efectos del canje; y

– recibirán Obligaciones Subordinadas Eroski por un importe equivalente al cincuenta y cinco por ciento (55%) del valor nominal de las AFSE canjeadas.

A efectos aclaratorios:

● el quince por ciento (15%) del valor nominal unitario de las AFSE asciende a un importe de tres euros con setenta y cinco céntimos de euro (3,75); y

● el cincuenta y cinco por ciento (55%) del valor nominal unitario de las AFSE asciende a un importe de trece euros con setenta y cinco céntimos de euro (13,75).

Eroski procederá, una vez ejecutado el canje de AFSE por Obligaciones Subordinadas Eroski, a la amortización de las AFSE que se encuentren en su balance como consecuencia de la ejecución del referido canje.

En virtud de todo lo anterior, Eroski emite el presente anuncio a los efectos de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 10.4, por remisión del artículo 10.5, del Decreto 58/2005, de 29 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Cooperativas del País Vasco, relativas a la amortización de aportaciones financieras subordinadas.

El presente anuncio se encuentra asimismo disponible en la página web corporativa de Eroski (www.eroski.es).

En Elorrio, a 23 de octubre de 2015.

El Director Económico-Financiero de Eroski, S. Coop.,

JOSÉ RAMÓN ANDUAGA.


Análisis documental