Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 58, miércoles 25 de marzo de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
1660

ORDEN de 18 de marzo de 2009, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca a entidades públicas y privadas que deseen colaborar con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación a la presentación de proyectos para el desarrollo del Plan de Formación Continua del Profesorado.

Corresponde al Departamento de Educación, Universidades e Investigación ordenar la formación del profesorado de la enseñanza no universitaria y velar para que el derecho y la obligación del profesorado a su formación como docentes, tal y como viene recogido en el capítulo III, título III de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, puedan realizarla en las condiciones y con la calidad necesaria, de acuerdo a sus necesidades profesionales.

Por esta razón cada año el Departamento de Educación, Universidades e Investigación elabora un plan de formación del profesorado en el que, por una parte, presenta propuestas de formación para garantizar profesorado competente para el buen funcionamiento de la enseñanza no universitaria y, en concreto, para la mejora del nuevo sistema educativo, y por otra, abre cauces suficientes para facilitar la formación de acuerdo a las demandas sentidas y formuladas por el propio profesorado en ejercicio de la docencia.

Para la definición final de este plan y, sobre todo, para su puesta en práctica el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, además de contar con sus propios servicios, precisa de la participación y colaboración de Instituciones y Entidades, cuya competencia en el campo de la formación está plenamente reconocida, lo que supone una garantía para que el plan previsto pueda alcanzar sus objetivos.

Mediante esta Orden se convoca a todas las Instituciones y Entidades interesadas en participar en este plan para que, a partir de la información de las prioridades y propuestas del plan de formación del profesorado para el curso 2009-2010, presenten sus proyectos. Se fijan los mecanismos y plazos de presentación de dichos proyectos y los procesos de selección entre los mismos, haciendo públicos los criterios y los responsables de dicha selección. Asimismo, se indican las condiciones en las que se llevarán acabo las acciones formativas.

DISPONGO:

Artículo 1.- Objeto de la convocatoria.

1.- Es objeto de la presente Orden convocar a las Entidades Públicas y Privadas legalmente constituidas que realizan, o están dispuestas a realizar actividades de Formación del Profesorado en la Comunidad Autónoma Vasca, a la presentación de proyectos de colaboración con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación para el desarrollo del Plan de Formación Continua del Profesorado, y especialmente para el desarrollo de los programas prioritarios previstos para el curso 2009-2010.

2.- A la consecución de dicho objeto se destinará la cantidad de 1.425.000 euros.

3.- La presente convocatoria se resolverá por el sistema de concurso.

Artículo 2.- Beneficiarios o beneficiarias.

1.- La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los y las beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

2.- No podrán ser beneficiarios o beneficiarias quienes se hallen incursos incursas en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 3.- Actividades subvencionables.

1.- Los proyectos de colaboración podrán referirse a uno o más de los Bloques que se indican a continuación, contando cada uno de ellos con la asignación presupuestaria que se expresa:

a) Bloque 1: actividades de formación en relación con el aprendizaje y perfeccionamiento de lenguas extranjeras, por un importe de 300.000 euros.

b) Bloque 2: actividades de formación referidas a la actualización científico didáctica del profesorado de los distintos niveles y tipos de enseñanzas, excepto el de Ciclos Formativos, por un importe de 1.000.000 de euros.

c) Bloque 3: actividades complementarias de y a la formación que permitan tanto la evaluación y generalización de los Programas impulsados por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, como las actividades complementarias de los Planes de Formación organizados por el mismo, y por un importe de 125.000 euros.

2.- La finalidad, contenido y características generales de las actividades de formación o complementarias de cada uno de los Bloques, son los señalados en el anexo I.

3.- La especificación de las actividades concretas que pertenezcan a los Bloques 1 y 2, así como los datos más relevantes que condicionen su realización, se determinan en el anexo V y serán consideradas prioritarias. Las condiciones concretas de las mismas se encontrarán a disposición de las Entidades solicitantes en las Delegaciones Territoriales de Educación y en la página Web del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.(http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net). No obstante las Entidades podrán proponer otras actividades que tengan las finalidades y respetan la estructura que se indica en el anexo I. Dentro de cada uno de estos Bloques se atenderá primero a las actividades que se determinan en el anexo V y posteriormente a las actividades propuestas por las Entidades.

Artículo 4.- Presentación de solicitudes.

1.- Las solicitudes para tomar parte en la presente Convocatoria, deberán ser presentadas conforme al anexo II en la Dirección de Innovación Educativa del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, o en cualquiera de las dependencias indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.- El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden.

3.- A la solicitud deberá adjuntarse, los datos de cada actividad para la que se solicita subvención que figuran en el anexo III.

4.- Asimismo deberá adjuntarse la siguiente documentación:

- Fotocopia del CIF.

- Documentación necesaria para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

- Acta notarial u otra documentación que acredite que el o la solicitante es representante legal de la entidad solicitante en el caso de que no se haya presentado en convocatorias anteriores o haya cambiado el representante legal de la entidad.

- Documento acreditativo de autorización para realizar actividades de formación (Alta en el Impuesto de Actividades Económica en actividades de Formación).

5.- Declaración jurada en la que se acredite no estar incursos o incursas en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.

6.- Si las solicitudes de subvención no vinieran cumplimentadas en todos sus términos, o no fueran acompañadas de la documentación relacionada en el apartado anterior, se requerirá a la persona solicitante para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, estando obligada la Administración a dictar resolución expresa sobre esa solicitud, así como a notificarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71.1 y 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.- En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Proteccion de Datos, la cumplimentación de la solicitud implica la autorización del interesado o de la interesada para la incorporación de los datos consignados en ella a los ficheros informatizados del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, previstos por las mencionadas Leyes, se pueden ejercitar ante la Dirección de Innovación Educativa del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, c/ Donostia-San Sebastián, 1, 01010 Vitoria-Gasteiz.

La mera presentación de la solicitud por parte del interesado o interesada implica su autorización para que se puedan realizar cesiones de datos entre las Administraciones Públicas, a los efectos de verificar y efectuar las comprobaciones dispuestas en la convocatoria.

Artículo 5.- Órganos de gestión de las ayudas.

Corresponderá a la Dirección de Innovación Educativa la gestión de las ayudas previstas en la presente Orden.

Artículo 6.- Comisión Evaluadora.

1.- El análisis y evaluación de las propuestas presentadas corresponderá a una comisión presidida por el Director de Innovación Educativa o persona en quien delegue y de la que formarán parte el Inspector General de Educación, los Jefes Jefas Territoriales de Renovación Pedagógica, la persona Responsable de Perfeccionamiento del Profesorado, y un máximo de tres funcionarias o funcionarios designados por la Dirección de Innovación Educativa, uno o una de los cuales será Director o Directora de un Berritzegune.

2.- Dicha comisión podrá solicitar los informes técnicos que considere necesarios para una adecuada valoración de los proyectos, así como proponer las modificaciones que garanticen en un mayor grado el que los proyectos presentados cumplan los objetivos planteados.

3.- La comisión elevará las correspondientes propuestas, y el Viceconsejero de Educación dictará las pertinentes resoluciones de la convocatoria, que serán publicadas en el BOPV.

Artículo 7.- Criterios de concesión de la subvención.

1.- La selección de los proyectos de colaboración y, en consecuencia, de las actividades de formación ofertadas en cada uno de los Bloques 1 y 2, se efectuará de acuerdo con los criterios y baremación que se expresan en el anexo IV.A. A tal efecto, en aplicación de los criterios de selección y valoración se procederá a la evaluación de las respectivas solicitudes, de modo que únicamente podrán acceder a las ayudas aquellas actividades que alcancen 50 puntos o más en el baremo incluido en el anexo IV.A.

2.- La selección y valoración económica de los proyectos de colaboración que planteen actividades que pertenezcan al Bloque 3, se efectuará de acuerdo con los criterios y baremación que se expresan en el anexo IV.B.

Artículo 8.- Cuantía de la subvención.

La subvención del Departamento de Educación, Universidades e Investigación a los proyectos seleccionados podrá ser del 100% del presupuesto neto que resulte aprobado por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación teniendo en cuenta los conceptos de gasto señalados en el anexo III, en el caso de las actividades de formación correspondientes a los Bloques 1, 2 del anexo I, así como en el de las actividades complementarias de y a la formación que se citan en el Bloque 3.

Artículo 9.- Compatibilidad de la subvención.

La concesión de las presentes subvenciones o ayudas económicas será compatible con la obtención de cualquier otra, ya provenga la misma de fondos públicos o privados. No obstante, en el caso de que el importe total de las ayudas obtenidas para un mismo fin sea superior a su coste total, se reducirá en la cantidad correspondiente al exceso el importe de la ayuda concedida en virtud de la presente convocatoria.

Artículo 10.- Resolución.

1.- El Viceconsejero de Educación dictará las pertinentes resoluciones de los bloques indicados en el artículo 3, a la vista de las propuestas de la Comisión Evaluadora, en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente Orden. Dichas resoluciones serán notificada a los interesados e interesadas y publicadas en el BOPV.

2.- Cuando por falta o insuficiencia de propuestas que cumplan los requisitos exigidos no se agotara la dotación que corresponde a alguna de las modalidades de ayuda previstas en el artículo 3 de la presente Orden, la Comisión Evaluadora podrá proponer destinar las cantidades sobrantes a cualquiera de esas otras modalidades, siempre y cuando la modalidad acrecentada se encuentre aún sin resolver, y el citado incremento de cuantía se dirija a ayudar conceptos subvencionables que efectivamente reúnan los requisitos previstos en esta Orden. La propuesta de utilización del excedente que efectúe la Comisión Evaluadora deberá ser motivada de forma adecuada.

3.- Si transcurrido dicho plazo no se produce la citada resolución, las solicitudes se podrán entender desestimadas, a efectos de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.- El Departamento de Educación, Universidades e Investigación anulará, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 15 de la presente Orden, las subvenciones de aquellas actividades que no tengan cubierto el 40% de plazas máxima del proyecto transcurrido el plazo inicial de matriculación. En estos casos el Departamento de Educación, Universidades e Investigación lo comunicará a las Entidades beneficiarias de dichos proyectos.

5.- Contra dichas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Artículo 11.- Obligaciones de la entidad beneficiaria.

1.- Aceptar la subvención concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, las entidades beneficiarias que no renuncien expresamente y por escrito a la misma se entenderá que ésta queda aceptada.

2.- Utilizar la subvención para el concreto destino para el que ha sido concedida.

3.- Facilitar a la Oficina de Control Económico y al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas la información que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones respecto de las subvenciones recibidas con cargo a esta convocatoria.

4.- Comunicar a la Dirección de Innovación Educativa la obtención de subvenciones o ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.

5.- Comunicar a la Dirección de Innovación Educativa la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención.

6.- Colaborar con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación en la evaluación del Profesorado asistente a los cursos y/o actividades formativas.

7.- Aportar al Departamento de Educación, Universidades e Investigación cuantos datos se requieran para la gestión administrativa derivada de la realización de las acciones o para su evaluación.

Artículo 12.- Abonos de la subvención.

El abono de las subvenciones se realizará de forma fraccionada, en dos plazos:

a) El primer plazo será el 80% del total subvencionado y se abonará una vez garantizada la realización de todas las actividades formativas en base al número de solicitudes admitidas al curso.

b) El segundo plazo, el 20% restante, no se hará efectivo hasta la recepción de la documentación mencionada en el artículo 13.

Artículo 13.- Justificación de Ayudas.

1.- En el plazo de quince días a partir de la terminación de cada una de las acciones que se subvencionan, la Entidad remitirá al Servicio de Perfeccionamiento del Profesorado el informe o acta de desarrollo de la actividad en la que consten las características generales del curso y la relación de profesores y profesoras participantes con indicación expresa de los y las considerados aptos o aptas.

2.- Dentro del mes posterior a la terminación de cada una de las acciones subvencionadas, la Entidad beneficiaria remitirá al Servicio de Perfeccionamiento del Profesorado copia de los materiales didácticos utilizados en el curso: apuntes o material impreso, software, etc.

3.- En el plazo de tres meses a partir de la finalización de la última acción realizada por la Entidad adjudicataria, el órgano correspondiente de la Entidad remitirá informe de la liquidación económica de todo el programa de actuación, con expresión concreta de los gastos, cantidades ingresadas y procedencia de las mismas. La entidad beneficiaria pondrá a disposición de la Administración, justificantes originales, facturas y demás documentos equivalentes o sustitutivos que acrediten los gastos realizados con cargo a la subvención concedida.

4.- Independientemente de los mecanismos internos de evaluación que articulen las Entidades, el Departamento de Educación, Universidades e Investigación podrá someter a evaluación los proyectos en orden a comprobar el nivel del cumplimiento de los objetivos establecidos.

Artículo 14.- Alteración de las condiciones de ayuda.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, siempre que se entienda cumplido el objetivo de ésta, y en su caso, la obtención de otras subvenciones y ayudas concedidas por cualquier entidad pública o privada, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, siempre que se salvaguarden los requisitos establecidos por la norma subvencional para ser beneficiario de ésta.

Artículo 15.- Incumplimientos.

En el supuesto de que la Entidad beneficiaria no utilice la subvención para el destino específico para el que se solicitó y concedió; no realice la actuación que dio origen a la subvención; no justifique su aplicación a los fines determinados para los que se interesó o, en general, incumpla las obligaciones establecidas en el Título VI del Decreto Legislativo 1/1997 de 11 de noviembre (BOPV de 19 de enero de 1998), en esta Orden o en la resolución de concesión, vendrá obligado a reintegrar la cuantía concedida y percibida, además de los intereses legales que resultasen de aplicación, siguiendo el procedimiento establecido al efecto en el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, por el que se regula el régimen general de garantías y reintegros de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participen en su gestión, sin perjuicio de las demás acciones que procedan. Las citadas cantidades tendrán la consideración de ingresos públicos a todos los efectos legales.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán los/as interesados e interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden.

Segunda.- El importe global consignado en el artículo 1 podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las actividades formativas a realizar, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayuda del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, y con carácter previo a la resolución de las mismas dando publicación en el BOPV la correspondiente resolución del Viceconsejero de Educación.

Tercera.- En todo lo no previsto en materia de procedimiento por la presente Orden, será de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de marzo de 2009.

El Consejero de Educación, Universidades e Investigación,

JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.

ANEXO I

CONTENIDO Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN O COMPLEMENTARIAS

Bloque 1

Comprende las actividades de formación en lenguas extranjeras que se celebren del 28 de junio al 31 de julio del 2009 y que tienen como finalidad alguna de las siguientes:

- La adquisición de las competencias lingüísticas que posibiliten al profesorado no especialista en inglés de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Bachillerato utilizar dicho idioma en su comunicación con el alumnado, y/o, la mejora de esas competencias hasta lograr un nivel tal, que pueda utilizarla como lengua vehicular.

- El perfeccionamiento y actualización en los métodos de aprendizaje de las lenguas extranjeras que posee el profesorado especialista, de cara a la implantación temprana y gradual de las mismas en los currículos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

- La actualización del profesorado de idiomas en los contenidos lingüísticos, culturales y metodológicos propios de las lenguas extranjeras que imparten y del tipo de alumnado que atienden en los citados centros.

La estructura, contenidos y duración aproximada de las actividades de formación requeridas por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, son las siguientes:

- Cursos de perfeccionamiento en inglés en países europeos de habla inglesa, con una estancia aproximada de dos/tres semanas. Destinatarios/as: profesorado de Educación Infantil, de Educación Primaria o Educación Secundaria que posea el nivel mínimo de conocimiento de la lengua equivalente al ciclo elemental de las EOI.

- Cursos de perfeccionamiento en francés en países europeos de habla francesa, con una estancia aproximada de dos/tres semanas. Destinatarios y Destinatarias: profesorado de Educación Secundaria que posea el nivel mínimo de conocimiento de la lengua equivalente al ciclo elemental de las EOI.

- Cursos de perfeccionamiento de aspectos metodológicos del inglés a realizar en países europeos de habla inglesa, con una duración de dos o tres semanas. Estos cursos podrían realizarse también en la Comunidad Autónoma del País Vasco, siempre que tuviesen una duración mínima de 80 horas. Destinatarios y Destinatarias: profesorado especialista de inglés de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

- Cursos de profundización en aspectos lingüísticos, culturales y metodológicos de distintas lenguas extranjeras a realizar en los países correspondientes, y de una duración de dos/tres semanas. Destinatarios y Destinatarias: Profesorado de Secundaria y de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Bloque 2

En este Bloque están incluidas todas las actividades de formación que respondan a alguna/s de las siguientes finalidades:

- La actualización científica y/o didáctica del profesorado referida a los currículos de cualquiera de los tipos o niveles de enseñanzas no universitarios, incluyendo las enseñanzas de régimen especial, y exceptuando los Ciclos Formativos.

- La adquisición de las competencias profesionales relacionadas con el desarrollo y puesta en práctica de las líneas de generales de actuación educativa definidas como preferentes por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación (recogidas en la pagina Web del Departamento de Educación, Universidades e Investigación bajo el título: «Programas de Innovación Educativa 2007-2010»).

- La cualificación del profesorado en especialidades y funciones requeridas tanto para el normal funcionamiento de los centros de acuerdo con la legislación vigente, como para una correcta gestión del personal docente.

Respecto a estas finalidades, la estructura, contenidos y duración aproximada de las actividades de formación requeridas por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, son las siguientes:

- Cursos y/o seminarios de trabajo referidos a la formación científica necesaria para la comprensión del contenido de los distintos Programas, y, a la adquisición de competencias necesarias para el desarrollo de los mismos en el centro o en el aula. Destinatarios: profesorado de los niveles en los que puedan aplicarse los Programas.

- Cursos de una duración máxima de 120 horas, complementados o no con seminarios, que permitan la comprensión de distintas opciones metodológicas de aplicación en determinados niveles, áreas y asignaturas, y que, a través de seminarios o la creación de grupos de trabajo, diesen como resultado materiales de aplicación en aula. Destinatarios y Destinatarias: profesorado de los distintos niveles, áreas y asignaturas.

- Cursos de una duración máxima de 45 horas, y que complementen la formación en los aspectos curriculares de los distintos niveles, con la correspondiente a campos de la psicopedagogía, de las relaciones entre los distintos elementos de la comunidad educativa, de los valores,... Destinatarios y Destinatarias: profesorado no universitario en general, o, en función del contenido del curso.

- Cursos de cualificación, de duración, contenidos y destinatarios tales que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa que las defina.

Bloque 3

Las actividades complementarias de y a la formación, cualesquiera que sean su estructura, contenidos y duración, deberán responder a alguna/as de las siguientes finalidades:

- Adquisición de competencias y/o conocimientos científicos y/o estrategias, por parte del profesorado, para perfeccionar, extender o potenciar el uso del euskera.

- Organización de actividades de formación complementarias a los Planes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, y derivadas de objetivos de instituciones y asociaciones que inciden directa o indirectamente en el desarrollo personal y social del alumnado.

- Organización de actividades que permiten el intercambio de experiencias entre el profesorado, así como el acceso a la información sobre los últimos avances científicos y pedagógicos relacionados con su quehacer docente (Encuentros, Jornadas, Congresos,...)

- Asesoría, apoyo al o formación del profesorado en situaciones específicas de determinados centros, derivadas de su entorno social.

- Realización de proyectos, estudios, evaluaciones, etc., que deriven o afecten a los Planes de Formación del profesorado y, especialmente, todos aquellos que están relacionados con las líneas de actuación educativa definidas como prioritarias por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

ANEXO II

IMPRESO DE SOLICITUD

(Véase el .PDF)

ANEXO III (anverso)

(Se debe cumplimentar uno por cada acción relacionada en el impreso de solicitud)

Código Denominación

Actividad

Entidad

1.- Datos económicos (Desglose aproximado del costo total previsto).

Concepto del gasto Importe

A Gastos de personal

B Desplazamientos y estancias

C Gastos materiales

D Otros gastos organizativos

E TOTAL Presupuesto para la actividad (A + B+ C+ D)

F Aportación económica de la propia entidad

G Otras subvenciones de .........

TOTAL Subvención solicitada al Dpto. de Educación, Universidades e Investigación (E - F - G)

2.- Desarrollo del programa a realizar en base a los objetivos y metodología planteadas por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación para las actividades de indicadas en el anexo V (El programa diseñado por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación estará a disposición de las Entidades en las Delegaciones Territoriales de Educación y en la página de internet del propio Departamento de Educación, Universidades e Investigación http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net)

ANEXO III (reverso)

Propuesta de ponentes con indicación del Director o Directora de la acción.

Director o Directora

DNI 1. apellido 2. apellido Nombre (1) (2) (3) Horas

Ponentes (excluido el director o Directora)

DNI 1. apellido 2. apellido Nombre (1) (2) (3) Horas

(1) Dependencia: se indicará ENT cuando se trate de personal de la propia entidad, y NO ENT cuando se trate de personal autónomo o perteneciente a otra entidad.

(2) Procedencia: se refiere al lugar habitual de trabajo del ponente. Se indicará CAV cuando sea la Comunidad Autónoma Vasca y NO CAV cuando sea fuera de la misma.

(3) Situación: se indicarán la letra y cifra que corresponden.

A1: docente no universitario, red pública.

A2: docente universitario, red pública;

A3: otros, administración pública;

B1: docente no universitario, red privada.

B2: docente universitario, red privada.

B3: otros, empresa privada o autónomos.

ANEXO IV.A

BAREMO DE LOS BLOQUES 1 y 2

Apartados baremables Máximo Total

1.- Estructura, contenidos y metodología 20

1.1.- Desglose y adecuación de los contenidos a los propuestos por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación 7

1.2.- Adecuación de duración y estructura del curso a la propuesta del Departamento de Educación, Universidades e Investigación 3

1.3.- Adecuación de los contenidos a la duración propuesta para el curso 3

1.4.- Propuesta de metodologías de trabajo idóneas al curso 7

2.- Garantías humanas, materiales y organizativas 30

2.1.- Experiencia de la entidad en actividades formativas relacionadas con el área al que se presenta 8

2.2.- Disponibilidad de recursos organizativos (n.º impartidores e impartidoras, propios y/o ajenos, locales para desarrollo de la actividad, medios técnicos,..) 10

2.3.- Idoneidad/prestigio de las o los impartidores propuestos 8

2.4.- Trayectoria de la entidad en el desarrollo de políticas o actuaciones dirigidas a la igualdad de hombres y mujeres 4

3.- Cuantía de la subvención solicitada comparada con presupuesto previsto del Departamento. 20

4.- Valoración de colaboraciones anteriores (teniendo en cuenta la satisfacción del profesorado asistente a los cursos y la gestión administrativa) 30

4.1.- Valoración del baremo 4 de los 3 años anteriores 5

4.2.- La media de todas las puntuaciones del profesorado asistentes a los cursos de cada entidad en la actual convocatoria 2008-2009 15

4.3.- Gestión general administrativa de la entidad (entrega de actas, documentación etc)... 5

4.4.- Gestión general de la entidad (organización del curso, solución de problemas que se hayan podido presentar 5

Total 100

ANEXO IV.B

BAREMO DEL BLOQUE 3

- Situación socioeconómica de los alumnos y alumnas que atienden los centros y/o profesores o profesoras destinatarias. hasta 30 puntos

- Relación con los Programas impulsados por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación. hasta 20 puntos

- Grado de necesidad de las actividades propuestas. hasta 20 puntos

- Garantías humanas, materiales y organizativas. hasta 20 puntos

- Cuantía de la subvención solicitada. hasta 10 punto

V. ERANSKINA / ANEXO V

Kod

Cod Ikastaroa

Título (1) (2) (3)

1. MULTZOA

BLOQUE 1

710 Language course (intermediate level) 15 I 1

711 Language course (intermediate level) 15 I 3

712 Language course (intermediate level) 15 I 2

713 Language course (advanced level) 15 I 2

714 Course de français (niveau intermédiaire) 15 F 2

715 Course de français (niveau intermédiaire) 15 F 3

720 Language for teachers 01 10 I 5

721 Language for teachers 02 10 I 5

722 Language for teachers 03 10 I 5

723 Language for teachers 04 10 I 5

724 Language for teachers 05 10 I 5

725 Language for teachers 06 10 I 5

726 Language for teachers 07 10 I 5

727 Language for teachers 08 10 I 5

728 Language for teachers 09 10 I 5

729 Language for teachers 10 10 I 5

732 Course de français 01 8 F 6

733 Deutschkurs 5 A 7

2. MULTZOA

BLOQUE 2

Haur Hezkuntza

Educación Infantil

010 Haur Hezkuntzan espazio eta denboraren antolamendua 20 E 2

011 Haur Hezkuntzan espazio eta denboraren antolamendua 20 E 1

012 Haur Hezkuntzan espazio eta denboraren antolamendua 20 E 3

013 Haur Hezkuntzatik hezkidetzan hezitzen 20 E 3

014 Haur Hezkuntzatik hezkidetzan hezitzen 15 E 1

015 Haur Hezkuntzatik hezkidetzan hezitzen 25 E 2

016 Haurrentzako masajea 15 E 3

017 Haurrentzako masajea 15 E 1

018 Haurrentzako masajea 15 E 2

019 Joku heuristikoa Haur Hezkuntzan 20 E 1

020 Joku heuristikoa Haur Hezkuntzan 20 E 2

021 Joku heuristikoa Haur Hezkuntzan 20 E 3

022 Jolas kooperatiboa Haur Hezkuntzan 15 E 1

023 Jolas kooperatiboa Haur Hezkuntzan 15 E 3

024 Jolas kooperatiboa Haur Hezkuntzan 15 E 2

025 La observación en aula como detección de necesidades 20 C 2

026 Nola eta noiz hitz egin sexualitateaz haurrei 15 E 1

027 Nola eta noiz hitz egin sexualitateaz haurrei 25 E 2

028 Nola eta noiz hitz egin sexualitateaz haurrei 20 E 3

029 Psikomotrizitatea Haur Hezkuntzan 20 E 2

030 Psikomotrizitatea Haur Hezkuntzan 20 E 3

Haur eta Lehen Hezkuntza

Educación Infantil y Primaria

101 Goi-mailako gaitasunak dituen ikaslea. Erantzuna 20 E 2

102 Goi-mailako gaitasunak dituen ikaslea. Erantzuna 20 E 3

103 Gelako behaketa, heziketa premia bereziak hautemateko giltzarria 20 E 1

104 Gelako behaketa, heziketa premia bereziak hautemateko giltzarria 20 E 2

105 Gelako behaketa, heziketa premia bereziak hautemateko giltzarria 20 E 3

106 Logopedia eta eskola inklusiboa 20 E 1

107 Logopedia eta eskola inklusiboa 20 E 2

108 Logopedia eta eskola inklusiboa 20 E 3

109 Kantatu, jo eta dantzatu 15 E 2

110 Kantatu, jo eta dantzatu 15 E 1

111 Kantatu, jo eta dantzatu 15 E 3

112 Arte hezkuntza. Lan-proiektuen bidez landu. 15 E 3

113 Educación artística. Trabajando a partir de proyectos. 15 C 1

114 Estrategias metodológicas generales para trabajar las competencias: el trabajo por proyectos 20 C 1

115 Gizarterako eta herritartasunerako konpetentziaren garapena 20 E 2

116 Gizarterako eta herritartasunerako konpetentziaren garapena 20 E 1

117 Gizarterako eta herritartasunerako konpetentziaren garapena 20 E 3

118 Ikasten eta pentsatzen ikasteko konpetentziaren garapena 20 E 3

119 Ikasten eta pentsatzen ikasteko konpetentziaren garapena 20 E 1

120 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 1

121 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 3

122 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 3

123 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 2

124 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 3

125 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 2

126 Norberaren autonomiarako eta ekimenerako konpetentziaren garapena 20 E 2

127 Norberaren autonomiarako eta ekimenerako konpetentziaren garapena 20 E 3

128 Norberaren autonomiarako eta ekimenerako konpetentziaren garapena 20 E 1

129 Paisaiaren aprobetxamendu didaktikoa gizarte Zientzietan 20 E 2

130 Paisaiaren aprobetxamendu didaktikoa gizarte Zientzietan 20 E 1

131 Paisaiaren aprobetxamendu didaktikoa gizarte Zientzietan 20 E 3

132 Testuen ulermena eta ekoizpena Lehen Hezkuntzako ikasgeletan 20 E 2

Lehen Hezkuntza eta 1. Ziklo DBH

E. Primaria y 1º Ciclo ESO

150 Abesbatzak ikastetxeetan: antolakuntza eta zuzendaritza. 15 E 3

151 Abesbatzak ikastetxeetan: antolakuntza eta zuzendaritza. 15 E/C 1

152 Abesbatzak ikastetxeetan: antolakuntza eta zuzendaritza. 15 E 2

153 Belaunaldi arteko programak Gizarte Zientzietarako 20 E 3

154 La práctica instrumental en el aula de música 15 C 2

155 Memoria histórica y memoria colectiva 20 C 1

156 Oroipen historikoa eta taldeko oroipena 20 E 3

157 Oroipen historikoa eta taldeko oroipena 20 E 2

158 Técnicas de dinamización de la lectura y expresión literaria. INICIACION. 20 C 2

159 Técnicas de dinamización de la lectura y expresión literaria. PROFUNDIZACION. 30 C 2

Bigarren Hezkuntza

Educación Secundaria (ESO y BAC)

200 Norberaren autonomiarako eta ekimenerako konpetentziaren garapena 20 E 3

201 Norberaren autonomiarako eta ekimenerako konpetentziaren garapena 20 E 1

202 Norberaren autonomiarako eta ekimenerako konpetentziaren garapena 20 E 2

203 Ikasten eta pentsatzen ikasteko konpetentziaren garapena 20 E 1

204 Ikasten eta pentsatzen ikasteko konpetentziaren garapena 20 E 2

205 Ikasten eta pentsatzen ikasteko konpetentziaren garapena 20 E 3

206 Gizarterako eta herritartasunerako konpetentziaren garapena 20 E 1

207 Gizarterako eta herritartasunerako konpetentziaren garapena 20 E 2

208 Gizarterako eta herritartasunerako konpetentziaren garapena 20 E 3

209 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 1

210 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 2

211 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 1

212 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 2

213 Konpetentziak garatzeko estrategia metodologikoak: ikasketa koopetatiboa 20 E 3

214 Testuen ulermena eta ekoizpena DBHko ikasgeletan 20 E 1

215 Testuen ulermena eta ekoizpena DBHko ikasgeletan 20 E 2

216 Testuen ulermena eta ekoizpena DBHko ikasgeletan 20 E 3

217 La enseñanza del diseño en el bachillerato 15 C 3

218 La enseñanza del diseño en el bachillerato 15 C 2

219 La cultura audiovisual en el bachillerato de artes 15 C 2

220 Arte contemporáneo. Claves para la interpretación de movimientos. 20 C 2

221 Arte garaikidea: Mugimendu, korronte eta joerak ulertzeko gakoak. 20 E 3

222 Arte hezkuntza. Lan-proiektuen bidez landu. 15 E 2

223 Bolumena gelan landu 15 E 2

224 Competencia en Comunicación Lingüística y Competencia Digital: recursos en la red. 20 C 2

225 Competencia en Comunicación Lingüística y Competencia Digital: recursos en la red. 20 C 4

226 Educación artística. Trabajando a partir de proyectos. 15 C 2

227 El alumnado con altas capacidades intelectuales. Una respuesta 20 C 1

228 El arte de la segunda mitad del siglo XX. 20 C 1

229 El currículo de ciencias sociales en los países de emigración 20 C 2

230 El detective químico" : nuevo recurso CTS del Proyecto APQUA (Curso on-line con actividades experimen 24 C 4

231 Erlijioen Historia 20 E 1

232 Erlijioen Historia 20 E 2

233 Erlijioen Historia 20 E 3

234 Euskal Herriko inguru fisikoko ikasketarako baliabide didaktikoak 15 E 2

235 Euskal Herriko inguru fisikoko ikasketarako baliabide didaktikoak 15 E 3

236 Euskal Herriko inguru fisikoko ikasketarako baliabide didaktikoak 15 E 1

237 Experiencias didácticas y creativas en la materia de dibujo 15 C 2

238 Gizarte arloko klaseak emateko IKTko tresnak 25 E 4

239 Gizarte Zientzietan gai aipagarriak proiektuen bidezko ikasketa 15 E 2

240 Gizarte Zientzietan gai aipagarriak proiektuen bidezko ikasketa 15 E 3

241 Gizarte Zientzietan gai aipagarriak proiektuen bidezko ikasketa 15 E 1

242 Heldu bizitzarako igarotzea eta atzerapen mentalari txikitutako behar bereziak 20 E 3

243 Hizkuntza-komunikaziorako gaitasuna: Ahozko elkarreragina 30 E 2

244 La Educación Literaria y las TIC 20 C 2

245 La revolución del hidrógeno 15 C 1

246 Los problemas de ingenio como recurso didáctico para las matemáticas en la enseñanza secundaria 15 C 3

247 Los problemas de ingenio como recurso didáctico para las matemáticas en la enseñanza secundaria 15 C 2

248 Los problemas de ingenio como recurso didáctico para las matemáticas en la enseñanza secundaria 15 C 1

249 Matematicas con Excel: avanzado 20 C 4

250 Matematicas con Excel: introducción 20 C 4

251 Matematika ikasten arbel digitalarekin 20 E 1

252 Matematika ikasten arbel digitalarekin 20 E 2

253 Matematika ikasten arbel digitalarekin 20 E 3

254 Musika eta teknologia digitala erabiltzeko gaitasuna 15 E 2

255 Musika eta teknologia digitala erabiltzeko gaitasuna 15 E 3

256 Musika eta teknologia digitala erabiltzeko gaitasuna 15 E 1

257 Sostenibilidad: el futuro de la isla" : nuevo recurso CTS del Proyecto APQUA 24 E 2

258 Una historia de la música desde la práctica sonora 15 C 2

259 Una historia de la música desde la práctica sonora 15 C 3

260 XX. mendeko bigarren erdiko artea 20 E 2

Helduen Hezkuntza

Educación de Adultos

290 El aprendizaje por ámbitos en la Educación de las Personas Adultas. Ámbito de comunicación 25 C 2

291 El aprendizaje por ámbitos en la Educación de las Personas Adultas. Ámbito científico-tecnológico 25 C 2

292 Enseñanza de segunda lengua a alumnado inmigrante 30 C 2

293 Bigarren hizkuntza nola irakatsi ikasle etorkin helduei 25 E 3

294 Enseñanza de segunda lengua a alumnado inmigrante 30 C 1

Orokorra

Generales

300 Alteraciones en la Comunicación en los niños con Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD) 25 C 1

301 Alteraciones en la Comunicación en los niños con Trastorno Generalizado del Desarrollo (TGD) 25 C 2

302 Goi mailako gaitasunak dituen ikaslearekin eskuartzea 20 E 1

303 Goi mailako gaitasunak dituen ikaslearekin eskuartzea 20 E 2

304 Goi mailako gaitasunak dituen ikaslearekin eskuartzea 20 E 3

305 Jokabidearen inguruan 20 E 3

306 Jokabidearen inguruan 20 E 2

307 Jokabidearen inguruan 20 E 1

308 Pensando en la Conducta 20 C 2

309 Salud mental: Abordaje de crisis en el ámbito escolar, afrontar, solucionar o al menos disminuir su 20 C 1

310 Salud mental: Abordaje de crisis en el ámbito escolar, afrontar, solucionar o al menos disminuir su 20 C 3

311 Salud mental: Abordaje de crisis en el ámbito escolar, afrontar, solucionar o al menos disminuir su 20 C 2

312 Europako Erreferentzia Marko Bateratua eta Portfolioa, haren tresna 20 E 3

313 Administración de sistemas informáticos y Redes de Centro Premia 15 C 1

314 Administración de sistemas informáticos y Redes de Centro Premia 15 C 2

315 Administración de sistemas informáticos y Redes de Centro Premia 15 C 3

316 Afektibo eta sexual hezkuntza 15 E 1

317 Afektibo eta sexual hezkuntza 25 E 2

318 Afektibo eta sexual hezkuntza 20 E 3

319 Arazo mentalak dituzten ikasleekin eskuartzea ikuspegi inklusibo batetik 15 E 2

320 Arazo mentalak dituzten ikasleekin eskuartzea ikuspegi inklusibo batetik 15 E 3

321 Atentzio defizita eta hiperaktibitatea duen ikasleriari erantzuna Lehen Hezkuntzan 25 E 2

322 Atentzio defizita eta hiperaktibitatea duen ikasleriari erantzuna Lehen Hezkuntzan 25 E 3

323 Berdinen arteko tratu txarrak: Prebentzioa eta esku-hartzeak 25 E 1

324 Berdinen arteko tratu txarrak: Prebentzioa eta esku-hartzeak 25 E 3

325 Berdinen arteko tratu txarrak: Prebentzioa eta esku-hartzeak 25 E 2

326 Bizikidetza eta Kulturazteko hezkuntza 30 E 2

327 Bizikidetza eta Kulturazteko hezkuntza 30 E 3

328 Conflictos: el teatro como herramienta de prevención. 20 E/C 3

329 Conflictos: el teatro como herramienta de prevención. 20 E/C 2

330 Conflictos: el teatro como herramienta de prevención. 20 E/C 1

331 Course de français (niveau intermédiaire) 15 F 3

332 Curso On Line de Windows XP Professional y Windows 2003 Server 100 C 4

333 Curso perfeccionamiento inglés (advanced level) 15 I 3

334 Curso perfeccionamiento inglés (advanced level) 15 I 2

335 Curso perfeccionamiento inglés (intermediate level) 15 I 1

336 Curso perfeccionamiento inglés (intermediate level) 15 I 3

337 Curso perfeccionamiento inglés (intermediate level) 15 I 2

338 Dislexia ulertu eta haren aurrean jardutea 50 E 3

339 Dislexia ulertu eta haren aurrean jardutea 50 E 1

340 Dislexia ulertu eta haren aurrean jardutea 50 E 2

341 El éxito escolar del alumnado gitano: una realidad posible 20 C 3

342 El éxito escolar del alumnado gitano: una realidad posible 15 C 1

343 El éxito escolar del alumnado gitano: una realidad posible 25 C 2

344 Europako Erreferentzia Marko Bateratua eta Portfolioa, haren tresna 20 E 1

345 Europako Erreferentzia Marko Bateratua eta Portfolioa, haren tresna. 20 E 2

346 Euskal Pilota. Modalitate ezberdinetara egokitutako unitate didaktikoak eta tailerrak 12 E 2

347 Euskal Pilota. Modalitate ezberdinetara egokitutako unitate didaktikoak eta tailerrak 12 E 2

348 Euste-psikologiarako teknikak 15 E 1

349 Euste-psikologiarako teknikak 15 E 2

350 Euste-psikologiarako teknikak 15 E 3

351 Evaluación en Educación Física /Ebaluazioa Gorputz Heziketan 20 E/C 1

352 Evaluación en Educación Física /Ebaluazioa Gorputz Heziketan 20 E/C 2

353 Evaluación en Educación Física /Ebaluazioa Gorputz Heziketan 20 E/C 3

354 Gatazken ebazpena Gorputz heziketa arloan / La resolución de conflictos en educación físico. 20 E/C 1

355 Gatazken ebazpena Gorputz heziketa arloan / La resolución de conflictos en educación físico. 20 E/C 3

356 Gatazken ebazpena Gorputz heziketa arloan / La resolución de conflictos en educación físico. 20 E/C 2

357 gatazken eraldatze etikoa 20 E 2

358 gatazken eraldatze etikoa 20 E 1

359 gatazken eraldatze etikoa 20 E 3

360 Generoa eta Gorputz Hezkuntza 15 E 3

361 Generoa eta Gorputz Hezkuntza 15 E 1

362 Generoa eta Gorputz Hezkuntza 15 E 2

363 Gorputz Adierazpena Gorputz Heziketa arloan 20 E 1

364 Heziketa emozionala: elkarbizitza positiborako eta gatazken eraldatzerako bide. 20 E 3

365 Heziketa emozionala: elkarbizitza positiborako eta gatazken eraldatzerako bide. 20 E 1

366 Heziketa emozionala: elkarbizitza positiborako eta gatazken eraldatzerako bide. 20 E 2

367 Hizkuntzak, kulturak eta lurraldeak / Lenguas, culturas y países 30 E/C 3

368 Hizkuntzak, kulturak eta lurraldeak / Lenguas, culturas y países 30 E/C 2

369 Hizkuntzak, kulturak eta lurraldeak / Lenguas, culturas y países 30 E/C 1

370 Hizkuntza-komunikaziorako gaitasuna eta g. digitala: sareko baliabideak euskara eta lit. lantzeko 20 E 1

371 Hizkuntza-komunikaziorako gaitasuna eta g. digitala: sareko baliabideak euskara eta lit. lantzeko 20 E 3

372 Hizkuntza-komunikaziorako gaitasuna eta g. digitala: sareko baliabideak euskara eta lit. lantzeko 20 E 2

373 Joko eta jolas herrikoiak 20 E 2

374 Kultura arteko hezkuntza: pentsatu, sentitu eta egin. 30 E 3

375 Kultura arteko hezkuntza: pentsatu, sentitu eta egin. 30 E 2

376 Kultura arteko hezkuntza: pentsatu, sentitu eta egin. 30 E 1

377 Lengua de signos - Nivel 1 15 C 1

378 Lengua de signos - Nivel 2 15 C 2

379 Malabarak Gorputz Heziketan 15 E 3

380 Malabarak Gorputz Heziketan 15 E 2

381 Malabarak Gorputz Heziketan 15 E 1

382 Metodologia interaktiboak ikasgelan elkarbizitza positiboaren eraikuntzan lagungarri 20 E 3

383 Metodologia interaktiboak ikasgelan elkarbizitza positiboaren eraikuntzan lagungarri 20 E 1

384 Metodologia interaktiboak ikasgelan elkarbizitza positiboaren eraikuntzan lagungarri 20 E 2

385 Orientazio kirola eskolan 20 E 2

386 Orientazio kirola eskolan 20 E 2

387 Patinak Gorputz Heziketa saiotan 16 E 3

388 Patinak Gorputz Heziketa saiotan 16 E 1

389 Patinak Gorputz Heziketa saiotan 16 E 2

390 Percusión Corporal-Bodypercussion 20 C 3

391 Percusión Corporal-Bodypercussion 20 C 2

392 Percusión Corporal-Bodypercussion 20 C 1

393 Problemas de comportamiento y discapacidad intelectual 20 C 2

394 Programación de módulos de carácter específico y unidades de trabajo aplicadas a PCPI 25 C 3

395 Programación de módulos de carácter específico y unidades de trabajo aplicadas a PCPI 25 C 2

396 Programación de módulos de carácter específico y unidades de trabajo aplicadas a PCPI 25 C 2

397 Programación de módulos de carácter general y diseño de unidades de trabajo aplicadas a PCPI 25 C 3

398 Programación de módulos de carácter general y diseño de unidades de trabajo aplicadas a PCPI 25 C 2

399 Respuesta al alumnado con déficit de atención e hiperactividad en primaria 20 C 1

400 Seguridad en Internet. Creación y participación en comunidades virtuales. 15 C 2

401 Técnicas de dinamización de la lectura y expresión literaria 20 C 3

402 Todos somos parte del tratamiento 20 C 3

403 Todos somos parte del tratamiento 20 C 2

404 Todos somos parte del tratamiento 20 C 1

405 Zeinu hizkuntza - 1 maila 15 E 3

406 Zeinu hizkuntza - 1 maila 15 E 2

407 Zeinu hizkuntza - 2 maila 15 E 3

408 Técnicas de dinamización de la lectura y expresión literaria 15 E 1

740 Language for teachers 11 10 I 5

741 Language for teachers 12 10 I 5

742 Language for teachers 13 10 I 5

743 Language for teachers 14 10 I 5

744 Language for teachers 15 10 I 5

745 Language for teachers 16 10 I 5

746 Language for teachers 17 10 I 5

747 Language for teachers 18 10 I 5

748 Language for teachers 19 10 I 5

749 Language for teachers 20 10 I 5

750 Language for teachers 21 10 I 5

751 Language for teachers 22 10 I 5

Musika Ikasketak

Enseñanzas Musicales

500 Mantenimendua eta Konponketa (Zeharkako txirula) 15 E 1

501 Mantenimendua eta Konponketa (Zeharkako txirula) 15 E 2

502 Mantenimendua eta Konponketa (Zeharkako txirula) 15 E 3

503 Piano modernoa 15 E 2

504 Curso de técnica de dirección (Grupo instrumental) 15 C 2

505 Curso de técnica de dirección (Grupo instrumental) 15 C 3

506 Técnica vocal 15 C 1

507 Técnica vocal 15 C 2

508 Técnica vocal 15 C 3

509 Ezintasunak dituzten ikasleei klaseak emateko orientabidea hiperaktiboak 15 E 1

510 Ezintasunak dituzten ikasleei klaseak emateko orientabidea hiperaktiboak 15 E 2

511 Ezintasunak dituzten ikasleei klaseak emateko orientabidea hiperaktiboak 15 E 3

512 Aprender a escuchar la música clásica (>7) 15 C 2

513 Aprender a escuchar la música clásica (>7) 15 C 3

514 Dantza eta koreografiak 4-7 urteko haurrentzat 15 E 1

515 Dantza eta koreografiak 4-7 urteko haurrentzat 15 E 2

516 Band in a box 15 C 3

517 Finale: creación y edición de partituras por ordenador (iniciación) 15 C 2

518 Finale: creación y edición de partituras por ordenador (Profundización) 15 C 2

Hizkuntza Eskola Ofizialak

Escuelas Oficiales de Idiomas

550 Actualización idiomática lengua inglesa 15 I 2

551 Utilización de Wavelab para editar audios 15 C 1

552 Utilización de Wavelab para editar audios 15 C 2

553 Utilización de Wavelab para editar audios 15 C 3

(1) Postu kopurua

Nº de plazas

(2) Hizkuntza: E = Euskara, C= Gaztelania, E/C= Euskara edo gaztelania, I=Ingelesa, A= Alemana, F= Frantsesa

Idioma: E = Euskera, C= Castellano, E/C= Euskera o castellano, I=Inglés, A= Alemán, F= Francés

(3) Lekua: 1= Araba, 2= Bizkaia, 3= Gipuzkoa, 4= On-line; 5= Erresuma Batua/ Irlanda, 6= Frantzia, 7= Alemania

Lugar: 1= Álava, 2=Bizkaia,, 3= Gipuzkoa, 4= On-line; 5= Reino Unido/ Irlanda, 6= Francia, 7= Alemania


Análisis documental